1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 .. 35
D
ocumento
B
ásico
SU
  Seguridad de Utilización
SU - ii
 
12.6. Exigencia básica SU 6: Seguridad frente al riesgo de ahogamiento
Se limitará el
riesgo
 de caídas que puedan derivar en ahogamiento en piscinas, depósitos, pozos y simi-
lares mediante elementos que restrinjan el acceso.
12.7. Exigencia básica SU 7: Seguridad frente al riesgo causado por vehículos en movimiento
Se limitará el
riesgo
 causado por vehículos en movimiento atendiendo a los tipos de pavimentos y la
señalización y protección de las zonas de circulación rodada y de las personas.
 
12.8. Exigencia básica SU 8: Seguridad frente al riesgo causado por la acción del rayo
Se limitará el
riesgo
 de electrocución y de incendio causado por la acción del rayo, mediante instalacio-
nes adecuadas de protección contra el rayo.
 
II
Ámbito de aplicación
 
El ámbito de aplicación de este DB es el que se establece con carácter general para el conjunto del CTE
en el artículo 2 de la Parte 1. Su contenido se refiere únicamente a las exigencias básicas relacionadas
con el requisito básico "Seguridad de utilización". También deben cumplirse las exigencias básicas de los
demás requisitos básicos, lo que se posibilita mediante la aplicación del DB correspondiente a cada uno
de ellos.
 
La protección frente a riesgos relacionados con instalaciones y equipos se consigue mediante el cumpli-
miento de sus reglamentos específicos.  
 
 
III
Criterios generales de aplicación
 
Pueden utilizarse otras soluciones diferentes a las contenidas en este DB, en cuyo caso deberá seguirse
el procedimiento establecido en el artículo 5 del CTE, y deberá documentarse en el proyecto el cumpli-
miento de las exigencias básicas.
 
Las citas a normas equivalentes a normas EN cuya referencia haya sido publicada en el Diario Oficial de
la Unión Europea, en el marco de la aplicación de la Directiva 89/106/CEE sobre productos de construc-
ción o de otras Directivas, se deberán relacionar con la versión de dicha referencia.
 
 
IV
Condiciones particulares para el cumplimiento del DB-SU
 
La aplicación de los procedimientos de este DB se llevará a cabo de acuerdo con las condiciones parti-
culares que en el mismo se establecen y con las condiciones generales para el cumplimiento del CTE,
las condiciones del proyecto, las condiciones en la ejecución de las obras y las condiciones del edificio
que figuran en los artículos 5, 6, 7 y 8 respectivamente de la parte I del CTE.
 
 
V
Terminología
 
A efectos de aplicación de este DB, los términos que figuran en letra cursiva deben utilizarse conforme al
significado y a las condiciones que se establecen para cada uno de ellos, o bien en el anejo A de este
DB, cuando se trate de términos relacionados únicamente con el requisito básico "Seguridad de utiliza-
ción", o bien en el Anejo III de la Parte I de este CTE, cuando sean términos de uso común en el conjun-
to del Código.